Vecina que sufrió graves fracturas al descender vehículo y caer a cuneta de regadío sin protección en el centro de la comuna, demanda a Municipalidad de Villa Alegre por más de 50 millones de pesos

Esteban Bravo González
8 min de lectura

Fue hasta mediados de los 90 que, por el centro de la comuna de Villa Alegre, era posible ver las cunetas con agua de regadío con las que muchos vecinos de la época regaban sus cultivos en algunas casas del área urbana. Con el tiempo estas cunetas o regueros se dejaron de usar y  quedaron en el centro de la comuna sin ninguna protección llenándose de basura, hasta que se decidió taparlos con bloques de concreto, medida que con el tiempo nos hemos dado cuenta que no es 100% segura, cada cierto tiempo se quiebran, ya sea por el peso de algún vehículo de carga, alguna maniobra mal hecha de la locomoción colectiva. Cuando esto ocurre pueden pasar días, semanas, meses, hasta años para que el municipio tome la decisión de volver a tapar.

Han sido muchas personas que han sufrido algún tipo de inconveniente, tropiezos, caídas, otros percances al encontrarse cara a cara con estos hoyos en el centro de la comuna, principalmente turistas, pero no nada tan grave como lo que le ocurrió a la señora Lucía Villar el pasado 1 de febrero de 2019.

La señora Lucía se dirigía rumbo a la verdulería del centro de la comuna la verdulería “Chepita”, al bajar de la camioneta que la trasladaba hasta el lugar, cae a la cuneta de regadío,  que no tenía la protección en su lugar. El impacto fue tan grande que  provocó fractura de tibia y peroné de alta gravedad,  que la mantuvo 22 días hospitalizada en Linares con una serie de operaciones para lograr que vuelva a caminar.

Si bien el 22 de febrero salió del hospital, hasta el día de hoy el desgraciado infortunio la tiene postrada en su casa sin poder aún dar un paso y sólo depender de su esposo y sus dos hijos, cambiándole la vida y truncando nuevos desafíos que pronto comenzaría realizar, situación que la mantiene muy triste y con sentimientos de mucha frustración.

Hace un par de semanas la señora Lucía y su familia se hicieron asesorar por el abogado Cristóbal Morales Ibáñez y demandaron al municipio por daños y perjuicios por más de 50 millones de pesos.

Conversamos con el abogado sobre esta acción judicial que pretende mostrar la responsabilidad del municipio y representante legal Arturo Palma Vilches en el accidente de la señora Lucía Villar.

P.- Abogado la decisión que llegó la señora Lucía de presentar esta demanda en contra el municipio.

R.- La decisión fue tomada a los pocos días luego de que la señora Lucia Villar sufriera el accidente, ya que ella entendía que el suceso se produjo debido al descuido y a la irresponsabilidad del administrador municipal don Arturo Palma Vilches, en relación al cuidado de las calles y avenidas públicas. La señora Lucía, entendiendo que se produjo un menoscabo y una serie de perjuicios hacia su persona, tanto física como psicológicamente, de manera voluntaria concurrió ante mí para obtener asesoría jurídica, y tomar así las medidas necesarias para obtener la total reparación del daño sufrido.

P.- Existió algún tipo de acercamiento del municipio antes de que se interpusiera el recurso judicial.

R.- Sí, existió acercamiento por parte del municipio una vez producido el accidente. Dicho acercamiento con la víctima y su familia, tuvo por finalidad evitar la interposición de una demanda contra dicha entidad por parte de la señora Lucía Villar. Con tal fin, el señor Alcalde de la municipalidad ofreció una suma ascendiente a la cantidad de $2.000.000 de pesos, cantidad que fue rechazada inmediatamente, ya que tanto la víctima como mi persona, entendemos que es una cantidad de dinero mínima, en relación al daño y a los perjuicios sufridos. La verdad, ofrecer 2 millones de pesos frente a un accidente de tal magnitud, donde se produjo fractura de tibia y peroné, a una mujer de 60 años de edad, me parece una falta de respeto hacia su persona.

P.- Cuál es el monto solicitado por usted por concepto de indemnización de daños y perjuicios?

R.- A mi criterio, y en atención a lo solicitado en a la demanda interpuesta ante la ilustre municipalidad de Villa Alegre, la suma correcta por concepto de indemnización de perjuicios, sería la ascendiente a la cantidad de $56.225.000 pesos.

P.- ¿Después de que se presentó el recurso judicial, hubo conversaciones con el municipio?

R.- Sí, una vez presentada la demanda, existió una conversación con el municipio, específicamente con el abogado de la municipalidad, quien manifestó la voluntad del alcalde don Arturo Palma Vilches, de no poder llegar a ningún tipo de acuerdo económico, ya que la municipalidad actualmente no tiene recursos para financiar este tipo de asuntos, ya que las arcas municipales están muy limitadas.

4- Desde que ocurrió el accidente han pasado varias semanas y el hoyo donde cayó la señora Lucía sigue igual. (Al menos cuando se presentó la demanda)

R.- Sí, el agujero donde sucedió el accidente se mantiene igual desde lo sucedido, ignoro por qué el alcalde del municipio, viendo las repercusiones de lo acontecido aún no toma precauciones para evitar que vuelva a suceder otro accidente. La verdad es lamentable, ya que solo demuestra su desinterés por las personas del pueblo, además de una gran irresponsabilidad personal y municipal para con los ciudadanos.

5- Según ley Cristóbal el municipio es el que tiene que velar por el buen estado de los espacios públicos de la comuna, ya sea veredas, aceras, cunetas etc.

R.- Sí, según la Ley es el municipio como órgano administrador quien debe velar por la correcta mantención de las vías públicas bajo su administración, así como también de señalizar los peligros de que adolezcan las avenidas y calzadas. De esto dan cuenta las normas señaladas en la demanda presentada contra la municipalidad, tales como el artículo 5 letra c de la Ley 18.695 de la Ley orgánica constitucional de municipalidades; El artículo 21 letra c) y Artículo 123 del mismo cuerpo legal; Artículos 94, 188,169 inciso 5 de la Ley 18.290 con texto refundido por el Decreto con fuerza de ley número 1; Y el artículo 38 de la constitución política de la república, entre otras.

Esto recién comienza la señora Lucía y su familia espera este municipio se haga cargo de esta irresponsabilidad de tener estas trampas mortales sin ninguna señalización que indique su peligro.

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Don Theo - Esteban Bravo, Comunicador del alma y corazón, fundador de #Villalegregrafico, en abril de 2007. Desde 2007 la primera multiplataforma de informaciones de la Comuna de Villa Alegre. #DONTHEO: Director, editor de contenidos y representante legal de vgrafico.cl.
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